CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO - SOFTWARE MULTIMEDIA - Enero de 2022
CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO PREÁMBULO A partir de su aceptación por parte del Cliente (de manera presencial, electrónica o de cualquier otro modo), estas Condiciones Generales de Venta y Uso (CGVU) forman, junto con la Oferta Comercial/Bono de Pedido, la Carta de Datos Personales y la Declaración de Confidencialidad del Software, el Contrato que rige el uso del Producto (Software y/o Bases de Datos) por parte del Cliente y el Servicio contratado con el Suministrador, con exclusión de cualquier otro documento, especialmente, pero no sólo, los términos y condiciones del Cliente. El Cliente reconoce que actúa en su calidad de profesional de la automoción, que es su responsabilidad evaluar la idoneidad de los Productos y Servicios contratados para sus propias necesidades y que ha recibido del Suministrador con antelación a este acto la información necesaria y suficiente para la valoración de la adecuación de los mismos a sus necesidades en el desarrollo de su actividad, eximiendo al Suministrador de cualquier responsabilidad si finalmente no fuese el caso. EL Suministrador se reserva el derecho de rechazar un pedido.
ARTÍCULO 1.- DEFINICIONES.-
El Cliente y el Suministrador se denominarán individualmente como Parte y conjuntamente como Partes ANOMALÍA: Mal funcionamiento reproducible del Software o de la Solución que impiden su uso de acuerdo con la Documentación cuando este mal funcionamiento sea imputable al Suministrador de conformidad con el Contrato. BASE DE DATOS O BASE DE DATOS TÉCNICOS: Recopilación de Datos Técnicos recogidos y estructurados por el Suministrador o por el Editor, de manera sistemática y metódica, y que el Suministrador y el Editor hacen accesibles individualmente a través de la Solución. BONO DE PEDIDO/OFERTA COMERCIAL: Documento emitido en formato estandarizado por el Suministrador que, suscrito o aceptado en cualquier forma o modo por el Cliente, representa el consentimiento de ambas partes a la concertación del Contrato, especifica los Productos y Servicios concretos que son objeto de la contratación e incluye las condiciones particulares - económicas y no económicas- aplicables al Contrato. En caso de contradicción entre el Bono de Pedido/Oferta Comercial y las CGVU, prevalecerá el Bono de Pedido/ Oferta Comercial. CARTA DE DATOS PERSONALES: documento contractual específico sobre Protección de Datos Personales, que viene a sumarse a la cláusula de protección de datos contenida en las presentes CGVU. CLIENTE: Persona física o jurídica identificada en el Bono de Pedido o en la Oferta Comercial y que suscribe el Contrato con el Suministrador con la finalidad de utilizar la Solución en el marco de su actividad profesional/empresarial interna. No obstante lo anterior, el uso del término Cliente en el presente documento se entenderá referido igualmente a los Usuarios cuando el sentido y naturaleza de la cláusula permita su aplicación a estos últimos sin incurrir en incongruencia o contradicción. CLIENTE FINAL/CLIENTE DEL CLIENTE: el Cliente del Cliente. No es parte de este Contrato. Sus datos pueden estar incluidos en la Base de Datos del Cliente. CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y USO (las “CGVU”): este documento. CONTRATO: Contrato celebrado entre el Cliente y el Suministrador, y conformado por las presentes CGVU, el Bono de Pedido/Oferta Comercial, la Declaración de Confidencialidad del Software y la Carta de Datos Personales. DATOS DEL CLIENTE: Los datos introducidos por el Cliente en el Software o en la Solución y que pertenecen al Cliente. DATOS PERSONALES: se refiere a cualquier información relativa a una persona física identificada o identificable ("Sujeto de Datos"), como un nombre, un número de identificación, datos de localización, identificador en línea, o uno o más factores específicos de su identidad física, fisiológica, genética, mental, económica, cultural o social, procesada por el Cliente y transmitida al Suministrador en el contexto del Contrato. DATOS TÉCNICOS: Conjunto de datos técnicos y tarifarios y otros elementos independientes recopilados por el Suministrador o el Editor, especialmente de los fabricantes, fabricantes de equipos originales, centros autorizados y empresas especializadas, que el Suministrador y El Editor integran en las Bases de Datos. DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD DEL SOFTWARE: La Declaración de Confidencialidad del Software son es los términos y condiciones aplicables a los Usuarios del Software. La Declaración de Confidencialidad del Software es accesible de forma permanente a través del espacio dedicado a ello dentro del Software y, en particular, es aceptada por el Cliente y los Usuarios al acceder al Software por primera vez o después de cualquier actualización proporcionada por El Editor. En caso de conflicto entre estas CGVU y la Declaración de Confidencialidad del Software, prevalecerá la Declaración de Confidencialidad del Software. DOCUMENTACIÓN: Documento a disposición del Cliente en el que se describen las funcionalidades e instrucciones de uso del Software, la Base de Datos o de la Solución, con exclusión de cualquier documentación de carácter comercial o de formación. EDITOR: entidad legal perteneciente al grupo INFOPRO DIGITAL, al que pertenece el Suministrador, que recoge y estructura, de manera metódica, los Datos Técnicos sistematizados en la Base de Datos Técnicos. No es parte en el Contrato, pero según los casos, puede ostentar derechos legales sobre la Solución susceptibles de protección. LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS APLICABLE: se refiere a (i) el Reglamento Europeo 2016/679 relativo al tratamiento de Datos Personales y a la libre circulación de estos datos ("GDPR"), y (ii) otras leyes relativas al tratamiento de Datos Personales aplicables durante la vigencia del Contrato. “LICENCIA” y “NÚMERO DE LICENCIAS”: “Licencia” es el derecho simple de Uso de la Solución que se concede al Cliente por parte del Suministrador en virtud del Contrato y en las condiciones y con las limitaciones establecidas en el mismo. El “Número de Licencias” se corresponde con el número de accesos simultáneos permitidos al uso de la Solución y contratados por el Cliente con el Suministrador, y que está en directa relación con la contraprestación pactada a favor de este último en virtud del Contrato. La totalidad de las Licencias/Accesos sólo podrán ser ejercidas por el Cliente y el personal perteneciente a su organización en el marco de la actividad interna del Cliente como profesional de la automoción, salvo que la Solución consista en un Software de comercio electrónico en cuyo caso podrán ser utilizadas por terceros no pertenecientes a la organización interna del Cliente siempre y cuando el Cliente haya contratado para tales terceros la correspondiente Licencia o acceso a la plataforma y que en virtud de ello cuenten con credenciales y claves de acceso válidas. PRODUCTO/S CONTRATADO/S: lo/s especificados en el Bono de Pedido/Oferta Comercial y que implican, a cambio de una contraprestación a cargo del Cliente y a favor del Suministrador, la concesión de licencia/autorización a favor del Cliente para el uso de la Solución de conformidad con el Contrato, así como la prestación por parte del Suministrador de los servicios incluidos en el propio Contrato, el Producto o la Solución. REQUISITOS TÉCNICOS/CONFIGURACIÓN APROBADA: requisitos técnicos, tecnológicos y/u operativos necesarios para el funcionamiento de la Solución. Pueden cambiar en función de la evolución del mercado y de las sucesivas versiones publicadas por terceros editores. SOFTWARE: el programa informático (incluidas sus actualizaciones y evoluciones) identificado en el Bono de Pedido/Oferta Comercial. SOLUCIÓN: Software específico identificado en el Bono Pedido/Oferta Comercial y que, según el Producto contratado, consiste en un programa de gestión y/o de acceso a las Bases de Datos Técnicos y/o de acceso a la plataforma de comercio electrónico y/o las aplicaciones necesarias para la prestación de servicios de marketing predictivo y marketing directo. El Suministrador concede al Cliente una licencia/autorización para utilizar este Software de acuerdo con las disposiciones de este Contrato y con las disposiciones de la Documentación. SUMINISTRADOR: (PONER LOS DATOS DE ISI CONDAL O DE ETAI IBERICA SEGÚN CORRESPONDA) persona jurídica que posee todos los derechos de explotación necesarios para comercializar la Solución (tal y como queda definida posteriormente en este artículo) y los servicios objeto del Contrato y que celebra el Contrato con el Cliente. USUARIO: el Cliente o la persona al servicio interno del Cliente que, de conformidad con la Licencia contratada y el Número de Licencias, hace uso legítimo de la Solución y/o de los Servicios prestados por el Suministrador en el marco de la actividad profesional interna del Cliente. Cuando la Solución consista en un Software de comercio electrónico, serán también Usuarios aquéllas personas físicas o jurídicas no pertenecientes al ámbito empresarial interno del Cliente, para las cuales el Cliente haya contratado las Licencias o accesos a la plataforma y que cuenten legítimamente y en virtud de ello con credenciales y claves de acceso válidas. SERVICIO: conjunto de prestaciones contratadas por el Cliente con el Suministrador y que son objeto del Contrato.
ARTÍCULO 2.- CONCESIÓN DE LICENCIA DE USO NO EXCLUSIVO: 2.1.- Derecho Concedido.- EL Suministrador concede al Cliente, con carácter no exclusivo, durante el periodo contractual establecido en el artículo 9, para los territorios, emplazamientos y número de accesos o localizaciones (licencias) previstos en la Oferta Comercial o en el Bono de Pedido, y bajo el resto de condiciones y limitaciones dispuestas en el Contrato, un derecho personal de uso de la Solución para, exclusivamente, satisfacer necesidades profesionales/empresariales internas del Cliente.
Este derecho personal de uso, incluye, según el Producto contratado: - un simple derecho a usar la Solución para las necesidades profesionales internas del Cliente. -un simple derecho a consultar las Bases de Datos para las necesidades profesionales internas del Cliente.
Estos derechos son intransferibles por cualquier motivo y deben ser ejercidos por el Cliente y los Usuarios de conformidad con el Contrato y la Documentación. El Cliente no adquiere- explícita o implícitamente- ningún derecho distinto de los previstos en este Artículo 2, y cualquier otro uso constituirá una violación de los derechos del Suministrador. En cualquier caso, el Cliente se abstendrá de cualquier uso de la Solución en competencia con los derechos de explotación económica del Suministrador. 2.2.- Limitación del derecho concedido.- 2.2.1.- Toda vez que la Licencia de uso concedida sobre la Solución es intransferible, queda terminantemente prohibido al Cliente permitir el acceso/uso de la Solución, o facilitar las claves/credenciales de acceso a la misma, a cualquier tercero, entendiendo por tercero cualquier persona física que no sea personal al servicio interno del Cliente en su actividad relacionada con la automoción (reparación de vehículos y/o distribución de piezas y/o recambios) así como cualquier persona jurídica, profesional, organización o grupo, tenga o no personalidad jurídica, distinto del Cliente. En caso de que el Producto Contratado consistiese en el uso de un Software de comercio electrónico, no se considerarán terceros los Usuarios para los cuales este último haya contratado las licencias o accesos y que cuenten legítimamente y en virtud de ello con credenciales/claves de acceso válidas. En estos casos, El Cliente será responsable frente al Suministrador del cumplimiento de lo dispuesto en este artículo así como de lo dispuesto en el artículo 8, tanto por sí como por parte de los Usuarios de las Licencias por él contratadas, a quienes deberá informar de que la adquisición y aceptación de la condición de Usuario conlleva la aplicación automática de las mismas. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad en la que tales Usuarios pudieran contraer con el Suministrador en caso de vulneración de derechos de propiedad intelectual, empresarial o industrial del Suministrador. El uso de la Solución y el acceso del Cliente y su personal (o cuando proceda, del resto de Usuarios) a la misma, se hará con estricto respeto al número y clase de Licencias contratadas (en ningún caso los accesos excederán de dicho número, ni los usos podrán ser distintos a los que correspondan al tipo de Licencia) así como- cuando proceda- a la ubicación o dispositivos correspondientes a dichas licencias. 2.2.2.- El Contrato no transfiere al Cliente ningún derecho de propiedad relacionado con el Software, las Bases de Datos o la Solución, que siguen siendo propiedad del Suministrador, independientemente de las formas, los idiomas y los soportes en los que se pongan a disposición. El Cliente se abstiene así, y de forma general, de infringir directa o indirectamente los derechos del Suministrador y sus asociados, en particular: - cualquier retención o conservación de los Datos Técnicos, el Software o la Solución una vez finalizado el contrato por cualquier causa. - cualquier traducción, adaptación o modificación del Software, de las Bases de Datos o de la Solución. - cualquier extracción automatizada y/o masiva de los contenidos accesibles a través del Software, de las Bases de Datos o de la Solución, así como cualquier extracción o uso manifiestamente anormal habida cuenta de la actividad del Cliente, el Número de Licencias, accesos autorizados y el número de puestos de trabajo declarados. - cualquier reproducción, representación, difusión, puesta a disposición de terceros -en particular, pero no sólo, terceros que presten servicios de consultoría, Hot line o de asistencia técnica, o empresas directamente relacionadas con el sector automotriz- por cualquier motivo, de todo o parte del Software, de las Bases de Datos o de la Solución. - cualquier intervención en el Software, las Bases de Datos o la Solución, incluso con fines de corrección, quedando el derecho de corregirlos reservado exclusivamente al Suministrador o al Editor. - cualquier descarga, reproducción, adaptación del código del Software, la Solución o de su forma con el fin de obtener la información relativa a su interoperabilidad. Cualquier solicitud relativa a la interoperabilidad debe ser dirigida al Suministrador. - cualquier descompilación de todo o parte del Software o de la Solución, especialmente- pero no sólo- para la concepción, difusión o comercialización de un producto total o parcialmente similar, equivalente o de sustitución. - cualquier almacenamiento de Datos Técnicos al margen del Contrato o de forma no amparada por la Licencia y los programas. - Cualquier integración forzada de la plataforma o extracción de datos manual, mediante código o WebService, para su publicación o manipulación en plataformas de terceros. Se prohíbe expresamente al Cliente y a los Usuarios el empleo de inteligencia artificial -incluidos, entre otros, algoritmos de aprendizaje automático, redes neuronales, sistemas de procesamiento de lenguaje natural o cualquier otro sistema basado en IA o tecnologías futuras similares- para el análisis, procesamiento, combinación, mejora o cualquier otra manipulación de materiales, contenidos o elementos de la Base de datos, sin la aprobación previa, expresa y por escrito, del Suministrador. 2.3.- En caso de contravención de lo dispuesto en los apartados anteriores y/o vulneración de los límites en que se concede la Licencia y/o conculcación de los derechos de propiedad intelectual, empresarial o industrial del Suministrador por parte del Cliente (o por parte de terceros por acción u omisión voluntarias del Cliente), el Suministrador podrá resolver de pleno derecho el Contrato y/o exigir la totalidad de los daños y perjuicios irrogados, tanto directos como indirectos, así como el beneficio ilícito obtenido, ya sea por el Cliente o por tercero. El perjuicio del Suministrador en caso de contravención se presumirá siempre, y la indemnización a su favor comprenderá, como mínimo, el duplo del precio concertado con el Suministrador durante toda la vigencia del Contrato, todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras acciones principales o cautelares de protección y/o restitución que concede la legislación vigente.
ARTÍCULO 3.- MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DE LA SOLUCIÓN.- 3.1.- Mantenimiento y actualización del Software.-
3.1.1.- Mantenimiento:
El Suministrador realiza un mantenimiento correctivo de las Anomalías, siempre en los términos y bajo los límites señalados en los Artículos 5 y 7 de este documento. Además, el Suministrador proporciona al Cliente un servicio de asistencia técnica vía telecomunicaciones en orden a solventar cualquier duda acerca del uso de la Solución y/o de guiar al Cliente ante la aparición de cualquier tipo de problemática que se le presente en el uso de la Solución, siempre en la medida razonable de las posibilidades y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 5 y 7 de estas CGVU. 3.1.2.- Actualización: Durante la vigencia del contrato el Suministrador se reserva el derecho a: - Actualizar el Software puesto a disposición del Cliente con toda innovación o idea técnica relativa al mismo, sus contenidos o funcionalidades, que sea introducida y comercializada en dicho programa por parte del Suministrador. - Sustituir la versión del Software inicialmente facilitada al Cliente por las nuevas versiones del mismo que el Suministrador introduzca en el mercado. - Migrar el Producto Contratado a otros productos del Suministrador con idéntica funcionalidad, o con funcionalidades adicionales a las existentes en el producto contratado por el Cliente, siempre que se mantengan esencialmente las funcionalidades del producto contratado por el Cliente. El Cliente no podrá oponerse a dichas acciones y actualizaciones, ni exigir al Suministrador ningún tipo de consecuencia o responsabilidad con motivo de éstas, sin perjuicio de: - Si las acciones/actualizaciones no implicasen un incremento o sobrecoste respecto a los precios pactados y vigentes en virtud del Contrato, el derecho del Cliente a poner fin al Contrato de conformidad con los plazos y forma dispuestos en el Artículo 9. - Si las acciones/actualizaciones conllevasen un incremento o sobrecoste respecto a los precios pactados y vigentes en virtud del Contrato, el derecho del Cliente a desistir del Contrato con carácter anticipado y sin penalización alguna, siempre y cuando notifique al Suministrador dicho desistimiento en el plazo máximo de treinta (30) días a contar desde que se le comunicara por el Suministrador la acción/actualización, así como el incremento de precio o sobrecoste que la misma conlleva. Transcurrido dicho plazo, se entenderá en todo caso que el Cliente acepta dichas acciones/actualizaciones así como las nuevas condiciones económicas aplicables al Contrato. 3.2 Mantenimiento de las Bases de DatosCuando es puesto en práctica, este mantenimiento incluye la actualización de los Datos Técnicos contenidos en el Software de acuerdo con las evoluciones recogidas. Se llevará a cabo en las condiciones del Artículo 5.2 siguiente. ARTÍCULO 4 – SERVICIOS ASOCIADOS Y OPCIONES4.1 Servicios asociadosSólo para aquéllos Productos que incluyan el servicio de asistencia documental, el Suministrador puede ofrecer un servicio puntual de asistencia documental que permita al Cliente recibir Datos Técnicos adicionales que no estén incluidos en la Base de Datos, si están disponibles en otras fuentes accesibles por el Suministrador y éste cuente con la autorización oportuna para facilitarlos al Cliente. Si está disponible, esa asistencia se prestará sin ninguna garantía de plazo de entrega. EL Suministrador se reserva el derecho, sin previo aviso, de limitar el acceso a este servicio. 4.2 OpcionesEl Cliente puede contratar opciones en complemento de su suscripción al Software que pueden estar sujetas a la aceptación previa de condiciones adicionales así como a costes adicionales según las modalidades definidas por el Suministrador. ARTÍCULO 5.- GARANTÍAS 5.1 Garantía de indemnidad frente a reclamaciones de terceros.-En caso de reclamación dirigida contra el Cliente relacionada con la vulneración de derechos de propiedad intelectual sobre el Software o la Base de Datos, el Suministrador podrá en todo caso, y el Cliente así lo acepta, sustituir o modificar todo o parte del elemento en litigio para poner fin a dicha reclamación, sin que el Cliente tenga derecho a reclamar indemnización o consecuencia alguna por ello. En este mismo concreto supuesto, el Suministrador garantiza la indemnidad del Cliente, en el sentido de que se hará cargo de los daños y perjuicios a los que haya sido condenado el Cliente mediante resolución o decisión ejecutoria, siempre y cuando se cumplan la totalidad de las siguientes condiciones acumulativas: - El Cliente notificará por escrito al Suministrador la reclamación recibida, ya sea judicial o no judicial, en el plazo de siete (7) días naturales a contar desde que llegara a conocimiento del primero, y facilitará en el mismo plazo al Suministrador una copia íntegra de dicha reclamación y de los documentos que, en su caso, se acompañen a la misma. - EL Cliente proporcionará al Suministrador de manera fiel y veraz todos los elementos, datos y asistencia necesarios para que pueda asegurar su defensa. - EL Suministrador podrá intervenir voluntariamente en el procedimiento. En este caso el Suministrador asumirá en exclusiva la dirección del litigio y las negociaciones, y el Cliente no podrá llegar a ningún acuerdo o reconocimiento de responsabilidad sin el consentimiento expreso y por escrito del Suministrador. - La sentencia, resolución, laudo, acuerdo de conciliación, acuerdo de mediación o acuerdo transaccional en que se establezca la condena o responsabilidad del cliente deberán ser ejecutorios, es decir, que siendo o no firmes, sean directamente ejecutables de manera forzosa por un órgano judicial o administrativo o por una autoridad competente. El Suministrador no asumirá responsabilidad alguna, aun en el caso de que se cumplieran las anteriores condiciones, si la reclamación es resultado (ya sea total o parcialmente, o de manera directa o indirecta): - el uso de una versión de la Solución distinta a la versión en curso. - la combinación, la puesta en práctica o el uso de la Solución con programas o datos no proporcionados por el Suministrador. - el uso de la Solución no conforme al Contrato o la Documentación. - Manipulación no autorizada de la Solución. - Vulneración por parte del Cliente de cualquiera de los términos contenidos en el Artículo 2. - Vulneración por parte del Cliente de cualquiera de los términos contenidos en el Artículo 8. Las disposiciones del presente artículo definen la totalidad de las obligaciones y responsabilidades del Suministrador frente al cliente por eventuales reclamaciones de vulneración de derechos de terceros sobre la Solución, que el Cliente acepta. 5.2 Garantía sobre los Datos TécnicosLos Datos Técnicos provienen de terceros (fabricantes, fabricantes de equipos originales, proveedores, etc.) y se proporcionan directamente y sin garantía. Las Bases de Datos abarcan los modelos más comunes y el Editor se esfuerza por (i) ampliar esta cobertura regularmente según la evolución del parque automovilístico y el mercado de la automoción y (ii) proporcionar las indicaciones más exactas posibles (en particular: planes de mantenimiento, listas de operaciones, precios, referencias de las piezas, tiempos de reparación, métodos y datos técnicos transmitidos por los fabricantes). Sin embargo, en vista del número y la complejidad de la información y de la velocidad a la que estos datos son modificados por los fabricantes, los fabricantes de equipos originales, etc., el Suministrador y el Editor no pueden garantizar la exhaustividad y la exactitud de los Datos Técnicos, ni son absolutamente descartables errores en la informatización de los datos, ni en la información proporcionada por terceros, por lo que el Suministrador no garantiza ni se responsabiliza de la corrección, exhaustividad o exactitud de la totalidad de la información contenida en las Bases de Datos. Igualmente, se deja expresa constancia de que las Bases de Datos Técnicos han sido elaboradas para el aprovechamiento de la información por personal especializado en el sector de la automoción y correspondientes subsectores en función de la Base de Datos de que se trate, de manera que dicho personal esté capacitado no sólo para la interpretación de dicha información y su aplicación, sino también para detectar los eventuales errores o inexactitudes en los Datos Técnicos. Por todo ello el Suministrador y/o el Editor no son ni pueden ser responsables de los errores relativos a los Datos Técnicos obrantes en las bases de datos ni, por tanto, de los eventuales daños resultantes, sin que pueda exigirse responsabilidad alguna al Suministrador o al Editor de los incidentes o perjuicios causados por errores de codificación, información errónea, inexacta o incompleta, o maniobras anormales en relación con el uso de los datos, ni por las intervenciones en vehículos realizadas por el destinatario final de la información obrante en la Base de Datos o cualesquiera otros supuestos similares o análogos, lo cual el Cliente acepta expresamente. 5.3 Garantía del Software y de la Solución.-5.3.1.- El Suministrador no garantiza en general la corrección de todos los errores, ni que el Software sea apto para satisfacer las necesidades propias del Cliente, ni su funcionamiento en cualquier combinación distinta a las indicadas en la Documentación, ni su funcionamiento ininterrumpido o exento de errores o Anomalías. 5.3.2.- No obstante, el Suministrador garantiza la conformidad del Software con su Documentación — con sujeción al respeto a la Configuración Autorizada — durante treinta (30) días a partir de su entrega, de forma que el Suministrador se compromete a corregir, sin cargo alguno, cualquier Anomalía imputable al Suministrador con la que haya sido entregada la Solución que se evidencie en dicho plazo de treinta (30) días, y que cause un mal funcionamiento o produzca resultados incorrectos en los programas. 5.3.3.- La responsabilidad del Suministrador se limita a rehacer las prestaciones previstas a su cargo en el presente Contrato necesarias para subsanar las Anomalías consignadas en el párrafo anterior, sin que ello dé lugar a indemnización por daños y perjuicios a favor del Cliente, ni tampoco a exención alguna en el pago en tiempo y forma de los precios pactados. El Suministrador no asume, en virtud de esta garantía, los costes/gastos de desplazamiento de sus técnicos a los centros de trabajo del Cliente para la corrección de las Anomalías cubiertas por la garantía, los cuales, en caso de existir, serán repercutidos al Cliente. 5.3.4.- Quedan expresamente excluidos de esta garantía los servicios solicitados al Suministrador relativos a fallos en el funcionamiento no imputables al Suministrador o al Editor, respecto de los cuales, además, las partes excluyen expresamente cualquier responsabilidad del Suministrador y/o el Editor. Entre dichos fallos no cubiertos, se encuentran (pero no sólo): - Intervención no autorizada del Cliente en el Software o la Solución, error de manipulación, uso no conforme a la Documentación y al Contrato, combinación, puesta en práctica o uso del Software o la Solución con programas o datos no suministrados por el Suministrador, incumplimiento de la configuración aprobada, etc. - Incidentes resultantes del uso continuado del Software o la Solución sin el acuerdo del Suministrador tras un primer incidente o la realización de una operación de mantenimiento programada. - Mal funcionamiento derivado de una modificación o un fallo del entorno informático (hardware, software) o de las redes (telecomunicaciones, electricidad, etc.) del Cliente o de terceros. - Los errores o problemas de funcionamiento en que intervenga una causa ajena y/o externa a la propia Solución suministrada. - Los errores y/o problemas de funcionamiento de la Solución provocados por negligencia o falta de diligencia del Cliente o por error de manipulación, interpretación o utilización de la Solución por parte del Cliente así como a cualquiera que afecte la interpretación o expectativas del Cliente respecto al funcionamiento o las funcionalidades de la Solución. 5.3.5.- Los errores, problemas o fallos de funcionamiento de la Solución distintos a los expresados en el apartado 5.3.2 (entre ellos, los mencionados en el apartado 5.3.4) no estarán cubiertos por la garantía señalada en el citado apartado, ni serán responsabilidad del Suministrador en ningún caso, de manera que toda intervención del Suministrador necesaria para solventar dichos errores o problemas de funcionamiento será de cuenta y cargo del Cliente y en consecuencia facturada a éste. 5.4.- Disposiciones comunes a las garantías contempladas en el presente artículo.- Las Partes excluyen expresamente, y el Cliente así lo acepta, la aplicación de las disposiciones legales y doctrina jurisprudencial relativas a las garantías por defectos y/o vicios ocultos y las consecuencias jurídicas de estos últimos. Cualquier interpretación y aplicación de las garantías establecidas a cargo del Suministrador en el presente artículo deberá realizarse con carácter restrictivo. En ningún caso se admitirán aplicaciones analógicas ni interpretaciones extensivas de las mismas. |
ARTÍCULO 6.- PRECIOS
6.1.- Definición de precios Las condiciones de pago y el precio por la concesión de los derechos de uso de la Solución y demás servicios incluidos en el Producto contratado por el Cliente se establecen en el Bono de Pedido o en la Oferta Comercial. A la celebración del Contrato se puede exigir al Cliente el pago de (i) una cuota de acceso a la Solución como coste de activación de su suscripción e inicio de la Licencia y/o (ii) los costes de instalación y gestión. Lo anterior es además y con independencia de las cuotas periódicas consecutivas a percibir por el Suministrador durante toda la vigencia del Contrato por el mantenimiento de la suscripción, de las licencias y demás servicios incluidos en el Producto. Cualquier producto, funcionalidad o servicio adicionales, así como cualquier hora adicional de prestación del servicio contratado que no se encuentren expresamente previstos en el Bono de Pedido u Oferta comercial y expresamente incluidos en los precios establecidos a cargo del Cliente en el Bono de Pedido/Oferta Comercial, se facturarán y abonarán adicionalmente a los precios establecidos en ellos, previo presupuesto presentado al Cliente y aceptado por éste, salvo si el Bono de Pedido/Oferta comercial se hubieran pactado las bases para su cálculo, en cuyo caso se estará a éstas, con las actualizaciones que correspondan de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.2. Los posibles descuentos aplicables el día del Bono de Pedido/Oferta Comercial no se prorrogarán al renovar el Contrato, a menos que las Partes acuerden expresamente lo contrario. Los descuentos sujetos al cumplimiento de determinadas condiciones dejarán de aplicarse si desaparece alguna de ellas. Salvo que el Bono de Pedido o la Oferta Comercial establezcan expresamente otra cosa, los gastos de desplazamiento y estancia del personal del Suministrador a los Centros de trabajo del Cliente para la prestación de los servicios contratados no están cubiertos ni incluidos en los precios pactados con el Cliente, por lo que serán facturados y repercutidos al Cliente adicionalmente a los precios establecidos en el Bono de Pedido/Oferta Comercial. Los costes generados por la adquisición de software o hardware de terceros, o la actualización del entorno informático del Cliente, en particular para cumplir con la Configuración Aprobada, correrán siempre a cargo del Cliente. 6.2.- Actualización de precios.- Todos los precios y costes establecidos en el Bono de Pedido/Oferta comercial o en las presentes CGVU que (i) no sean pagaderos al inicio de la relación contractual, o (ii) se abonen de manera periódica o continuada a lo largo de la misma, o (iii) que puedan devengarse en un futuro al amparo del Contrato, quedarán actualizados anualmente y automáticamente al alza el 1 de enero de cada año, sin necesidad de comunicación previa, conforme a la variación anual experimentada por el IPC General Nacional Publicado por el Instituto Nacional de Estadística o de cualquier organismo que lo sustituya, siempre que dicho índice fuera positivo. El índice positivo a tomar como referencia en cada actualización será el del mes de Noviembre (es decir, se tomará la variación porcentual del IPC general operada entre el mes de noviembre del penúltimo año natural y el mes de noviembre del año anterior al 1 de enero en que se realice la actualización. Por ej. para la actualización de precios a aplicar el 1 de enero de 2025, se tomaría como referencia la variación del IPC General entre el mes de noviembre de 2023 y el mes de noviembre de 2024). En caso de que la variación porcentual del índice anual fuera negativa, los precios no se actualizarán, y se entenderá, para las subsiguientes actualizaciones que procedan, que la variación porcentual del período anual que haya resultado negativo ha sido igual a 0%. El Suministrador se reserva la facultad de no aplicar la actualización automática operada en los precios que gire al Cliente durante uno o varios períodos a lo largo de la vigencia del Contrato, sin que ello suponga en ningún caso renuncia del Suministrador a la aplicación de las subsiguientes actualizaciones, ni tampoco a la variación porcentual y acumulaciones operadas en los precios durante el período en que el Suministrador haya decidido no aplicar los precios actualizados. Sin perjuicio y además de la actualización automática operada cada 1 de enero, el Suministrador, al término de cada suscripción o de cada prórroga contractual, podrá actualizar los precios para que operen en el siguiente período contractual y a partir de la fecha de entrada en vigor del nuevo período contractual. Dicha actualización de precios no podrá ser superior a la variación experimentada por el IPC General Nacional desde el inicio del período contractual hasta la fecha de actualización, excepto cuando se cumplan las condiciones y derechos que para el Cliente establece el párrafo siguiente. El Suministrador se reserva el derecho a aplicar, al término de cada suscripción o de cada prórroga contractual, un incremento de precios superior a la variación experimentada por el IPC General Nacional y a la que hacen referencia los párrafos anteriores. De ser el caso, deberá comunicarlo al Cliente al menos, con un (1) mes de antelación a la finalización de la suscripción o plazo contractual, o a la finalización de la prórroga de que se trate. El Cliente dispondrá entonces de un plazo de treinta (30) días para comunicar por escrito su desistimiento del Contrato sin penalización ni consecuencia alguna para él (aun cuando hubiera transcurrido el plazo de preaviso para que no opere la prórroga). Transcurridos dichos treinta (30) días sin que el Cliente manifieste su desistimiento por escrito, se entenderá, a todos los efectos, que consiente y acepta los nuevos precios comunicados por el Suministrador y no podrá desligarse del contrato por tal causa. A los citados nuevos precios les será de aplicación el sistema de actualización conforme a IPC reseñada en el primer párrafo de este apartado 6.2, sin perjuicio de la facultad dispuesta en el párrafo segundo del presente apartado.
6.3.- Forma de pago de los precios.- Salvo que en el Bono de Pedido u Oferta comercial se pacte expresamente otra cosa, la forma de pago de los precios y costes pactados en el Contrato será la de recibos domiciliados por el sistema SEPA en la cuenta designada por el Cliente y titularidad de éste y girados por el Suministrador, viniendo por tanto el Cliente obligado a la firma y entrega al Suministrador de la Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA o de cualquier documento válido que pudiera aprobarse en el futuro a idénticos fines. Este sistema de abono por recibos domiciliados se entiende como una mera modalidad de pago, por lo que cualquier circunstancia que impida el cobro total o parcial de los recibos, con independencia de su naturaleza, origen, causa o imputabilidad, no eximirá en ningún caso al Cliente del abono de las cantidades devengadas. En caso de que la imposibilidad de cobro del recibo domiciliado venga motivada por la devolución del recibo por parte del Cliente o de la ausencia de fondos en la cuenta bancaria de domiciliación o por cualquier otra acción u omisión imputable al Cliente o a su entidad bancaria, el Suministrador podrá exigir el reembolso de los gastos y comisiones que la citada situación le hubiera generado. 6.4.- Consecuencias del impago del precio.- En caso de impago de una factura o recibo por parte del Cliente a su vencimiento, el Suministrador podrá, sin previo aviso, realizar todas o algunas de las siguientes acciones, además de exigir el pago inmediato de todas las sumas debidas en virtud del Contrato: 6.4.1.- Suspender la ejecución de la totalidad o parte del Contrato o interrumpir el servicio o acceso a la Solución hasta el abono de los importes debidos y puesta al día en los pagos; dicha suspensión no se considerará rescisión del Contrato por parte del Suministrador ni un incumplimiento del Contrato por parte de este último por el que el Suministrador pueda ser considerado responsable. Esta facultad es una opción que compete al Suministrador sin perjuicio de la facultad de resolución del Contrato establecida en el Artículo 13.1, por lo que el Suministrador podrá no hacer uso de la facultad de suspensión e instar directamente la resolución contractual, o bien emplear la facultad de suspensión y, posteriormente, la de resolución. La suspensión de la ejecución del Contrato, o interrupción del Servicio o del acceso a la Solución, en ningún caso exime al Cliente del abono de las cuotas y precios que se devenguen a su cargo durante el tiempo de suspensión, toda vez que se trata de una situación derivada de su propio incumplimiento que en ningún caso debe incrementar los perjuicios ocasionados al Suministrador. 6.4.2.- Cobrar intereses de demora a razón del tipo de interés legal del dinero establecido por el Gobierno de España incrementado en cinco (5) puntos hasta el completo pago del principal adeudado. 6.4.3.- Solicitar el pago de una cantidad a tanto alzado igual al 5% del precio anual del Contrato en concepto de gastos de recaudación y gestión así como, en su caso, de reembolso de los gastos y comisiones bancarias que la devolución de los recibos le hubiera generado. Si se efectuase un pago parcial cuando se adeude más de una factura, el Suministrador podrá imputar dicho pago como estime oportuno. No podrá efectuarse ninguna compensación sin el acuerdo formal del Suministrador. Las partes excluyen expresamente, y el Cliente así lo acepta, la aplicación de lo previsto a tal efecto en los artículos 1172, 1173 y 1174 del Código Civil español. Igualmente, queda establecido que en caso de impago, el abono de recibos, facturas o cargos posteriores no extingue la obligación de pago de los anteriores. ARTÍCULO 7 – LIMITACIONES A LA RESPONSABILIDAD
7.1 El Suministrador, en virtud del Contrato, asume una obligación general de medios y en ningún caso de resultado. Como consecuencia de ello (pero no sólo) el uso de Solución no garantiza la obtención de beneficios económicos para el Cliente ni el aumento del rendimiento y/o la optimización de procesos de la actividad económica o empresarial que desarrolle Cliente. Tampoco responderá el Suministrador de cualquier daño o perjuicio indirecto, ni por las pérdidas, daños, reclamaciones o costos de cualquier naturaleza, ni de cualquier pérdida de beneficios o ganancias, que resulten del uso de la Solución.
7.2 El Suministrador no será responsable en ningún caso de incidencias, hechos, actos, omisiones o circunstancias (ni de los daños, perjuicios o consecuencias derivados de los mismos) distintos de los que son expresamente objeto de cobertura en las garantías establecidas a cargo del Suministrador en el Artículo 5 de estas CGVU. Así, con carácter enunciativo y no limitativo, el Suministrador no será responsable: - En aquéllos supuestos expresamente excluidos de las garantías establecidas en el Artículo 5. - De cualquier daño resultante de la falta de disponibilidad de la Solución, del uso de codificaciones e informaciones erróneas o de usos no conformes con la Documentación y el Contrato. - De los daños resultantes de los trabajos realizados por el Cliente o cualquier Usuario sobre la base de las informaciones y los datos provenientes de la Solución. - De los daños que resulten de la interrupción de la actividad empresarial del Cliente derivadas del uso de la Solución. - De los daños resultantes de cualquier pérdida de datos, de la posible contaminación del entorno informático del Cliente por cualquier virus o elemento malicioso, o del incumplimiento de la naturaleza confidencial y personal de las credenciales de inicio de sesión. - De la pérdida de datos propios del Cliente almacenados en la Solución, por cualquier causa, aunque la misma provenga de cualquier actuación o circunstancia relativa al Suministrador o a la propia Solución. Con el fin de evitar cualquier pérdida no deseada de datos, se recomienda expresamente al Cliente realizar periódicamente copias de seguridad de los mismos. Queda bien entendido que tampoco se hará cargo el Suministrador de cualquier daño, perjuicio o pérdida que derive de la falta de acceso a la Solución, o de la interrupción del servicio, como consecuencia de cualquier problema técnico, manipulaciones o actualizaciones de la Solución aunque provengan o sean imputables al propio Suministrador o de otros terceros que mantengan algún tipo de colaboración, contractual o no, con el Suministrador. El Cliente comprende y acepta que por el tipo de servicio y producto contratado estas incidencias pueden producirse, y que el Suministrador no celebraría el Contrato de no aceptar el Cliente estas eventualidades y sus consecuencias, con plena exención del Suministrador. La imposibilidad (o problemática) de uso de la Solución por causas ajenas y/o que con arreglo al Contrato no puedan ser imputables al Suministrador, inclusive en caso fortuito y fuerza mayor, no eximirán en ningún caso, ni serán causa de suspensión, de las obligaciones de pago de los precios pactados. 7.3.- La Solución, los servicios asociados y las opciones se utilizan bajo la única dirección, control y responsabilidad del Cliente y los Usuarios. Cuando la Solución contratada contenga herramientas de asistencia para la confección de documentos comerciales o su uso natural implique la recopilación y almacenamiento de datos de terceros a instancias del Cliente, el Cliente será el único responsable de hacer constar las menciones requeridas por las leyes y reglamentos aplicables a su actividad comercial y a la recopilación y tratamiento de tales datos, sin que el Suministrador pueda ser considerado responsable de los daños derivados del incumplimiento de la normativa aplicable por parte del Cliente. El Cliente es, por un lado, el único responsable de su entorno informático (redes, hardware, software) y, por otro lado, de manera general, el Suministrador no podrá ser considerado responsable en lo que respecta a los daños derivados de las fluctuaciones de las velocidades de acceso, las pérdida de conectividad, las interrupciones temporales y las faltas de disponibilidad debidas a fallos de las redes de telecomunicaciones públicas o privadas o debidas al uso de soluciones de terceros, en particular en caso de interfaz del Software con softwares de terceros, etc. Igualmente, cuando la Solución incluya y/o consista en un software de gestión, al incluir éste funcionalidades para la asistencia en la confección de documentos comerciales, el Cliente será el único responsable de hacer constar las menciones requeridas por las leyes y reglamentos aplicables a su actividad y el Suministrador no podrá ser considerado responsable de los daños derivados del incumplimiento de dicha normativa por parte del Cliente. Del mismo modo, el Cliente es también el único responsable de cumplir con las leyes en materia tributaria y fiscal, y de aplicar los impuestos correspondientes en la emisión de facturas u otros documentos generados mediante el uso de la Solución, con total exención e indemnidad del Suministrador, ya sea frente al Cliente como frente a cualquier tercero o frente a las autoridades fiscales. 7.4.- Cuando el Suministrador venga obligado a responder de conformidad con lo anteriormente establecido y las disposiciones del Contrato, la indemnización exigible al Suministrador en concepto de daños y perjuicios derivados del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones establecidas a su cargo, no podrá exceder de las sumas efectivamente pagadas por el Cliente en relación a la obligación incumplida durante el tiempo que haya durado la ausencia total o parcial de cumplimiento de dicha obligación, más los intereses legales correspondientes cuando procedan con arreglo a la ley. 7.5.- En todo tipo de casos, si la responsabilidad del Suministrador se determinase por resolución judicial firme y/o ejecutiva, cualquiera que sea el fundamento de dicha imputación, el importe global de la indemnización a cargo del Suministrador por la totalidad de los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, sufridos por el Cliente, no podrá exceder en ningún caso de las cantidades efectivamente abonadas por el Cliente en virtud del Contrato durante el período contractual en que se produjeron los hechos que dieron lugar a los citados daños y perjuicios. Lo dispuesto en este apartado no es acumulativo respecto a lo dispuesto en el apartado 7.4 anterior. En caso de duda o indeterminación, prevalecerá siempre lo dispuesto en el apartado 7.4, con exclusión de lo dispuesto en este apartado 7.5, que será aplicable únicamente con carácter subsidiario. 7.6.- La responsabilidad del Cliente en concepto de daños y perjuicios derivados del incumplimiento total o parcial de sus obligaciones de pago de los precios, queda limitada a la cuantía de los importes generados y adeudados en virtud del Contrato, más en su caso, los aspectos recogidos en el artículo 6.4, cuya exigencia será facultad del Suministrador según los casos. El incumplimiento del resto de obligaciones por parte del Cliente, dará lugar a la responsabilidad e indemnización por cuantos daños y perjuicios corresponda con arreglo a la ley y al presente Contrato. 7.7.- Se acuerda expresamente entre las partes, y el Cliente lo acepta, que las disposiciones de esta cláusula continuarán aplicándose después de la finalización del Contrato por cualquier causa o motivo, incluso en caso de resolución establecida por una resolución judicial definitiva. 7.8.- El Cliente reconoce que los presentes términos y condiciones establecen un reparto de riesgos entre el Suministrador y el Cliente de forma proporcional y equitativa y que el precio refleja esta distribución y, en el marco de esta última, la limitación de la responsabilidad contemplada en este Artículo, habiendo sido estas disposiciones esenciales a la hora de prestar el consentimiento el Suministrador a este Contrato, de forma que, en otro caso, el Suministrador no lo celebraría. ARTÍCULO 8 – PROPIEDAD INTELECTUAL INDUSTRIAL Y EMPRESARIAL
8.1 El Editor y el Suministrador han tomado la iniciativa y el riesgo de asumir importantes inversiones financieras, materiales y humanas para diseñar y desarrollar las Bases de Datos que se constituyeron, compilaron, verificaron, enriquecieron y normalizaron de acuerdo con las buenas prácticas. A este respecto, El Editor es el propietario exclusivo del derecho sui generis del productor de las Bases de Datos. Además, debido a su respectiva originalidad, el Editor es el propietario exclusivo de los derechos de autor que protegen las Bases de Datos por un lado y el Software por otro.
8.2 El Cliente se compromete a mantener las menciones de titularidad de los derechos de propiedad del Editor que aparecen en el Software, la Documentación y en general sobre todos los elementos transmitidos por el Suministrador.
8.3 El Software puede incorporar tecnologías y datos cuyos derechos, que pertenecen a terceros, deben ser respetados por el Cliente. 8.4.- Además de los derechos de propiedad intelectual que ostenta el Suministrador sobre el Software y las Bases de datos, el Cliente reconoce que el Suministrador ostenta todos los derechos de explotación (derivados de la propiedad intelectual, industrial y/o empresarial) sobre la Solución, así como sobre la totalidad de los instrumentos y elementos implicados en su funcionamiento, uso, presentación, acceso o utilidad, y la totalidad del material de apoyo. El Contrato no confiere al Cliente derecho de propiedad intelectual, empresarial o industrial alguno sobre las Bases de Datos, el Software, la Solución, ni ninguno de estos otros aspectos, ni cualquier otra clase de derecho sobre ellos, salvo la autorización de su uso intransferible y no exclusiva en los términos y condiciones que se establecen el Artículo 2 y en los términos del Contrato. Por elementos necesarios para la existencia, funcionamiento, uso, presentación, acceso, funcionalidad o utilidad de la Solución se entienden entre otros, con carácter enunciativo y no limitativo: el Know-How; hardwares y softwares implicados la operabilidad de unos y otros, y cualesquiera recursos no humanos y herramientas necesarias para el funcionamiento y explotación de la Solución; códigos fuente, códigos objeto, sitio Web y contenido de la Web; la documentación técnica, manual de usuarios, credenciales de acceso, símbolos de identificación, las contraseñas, los números de usuario y los símbolos de seguridad; la edición, la compilación, diseños, logotipos, marcas, nombres comerciales, texto y/o gráficos empleados o contenidos en la Solución o en cualquiera de sus elementos implicados en su funcionamiento, uso, presentación, acceso o utilidad, así como la totalidad del material de apoyo. Por todo lo anterior, el Cliente y su personal vienen obligados a abstenerse de cualquier acción u omisión que incurra en vulneración de tales derechos de propiedad intelectual, industrial y empresarial. Con carácter enunciativo y no limitativo, queda prohibido (salvo aquello que se encuentre expresamente autorizado en el Contrato), todos los aspectos prohibidos al Cliente relacionados en el Artículo 2.2 de estas CGVU, así como igualmente: - reproducir, distribuir, comunicar públicamente, poner a disposición o transformar las Bases de Datos, el Software, la Solución, o cualquiera de sus aplicaciones o sistemas empleados en su funcionamiento, así como cualquiera de sus componentes y cualquier otro elemento relacionado o derivado de éstos, incluyendo el código fuente, el código objeto, documentación técnica, manual de usuarios, claves de acceso, etc. - transmitir, arrendar o ceder -ya sea de forma total o parcial- la Base de Datos, el Software, la Solución o cualquiera de sus aplicaciones o sistemas empleados en su funcionamiento, y/o cualquiera de sus elementos, o realizar cualquier acto dispositivo sobre éstos. - descompilar, modificar, transformar, reformatear, traducir, o acceder de cualquier forma al código fuente. - desarrollar programas, aplicaciones, o productos informáticos de cualquier índole que cumplan una función similar a las Bases de Datos, el Software o la Solución o cualesquiera aplicaciones y productos comercializados por el Suministrador; desarrollar invenciones o productos de cualquier clase que integren las Bases de Datos, software, soluciones, programas, aplicaciones, o productos informáticos de cualquier otra clase que cumplan funciones similares a las comercializadas por el Suministrador. ARTÍCULO 9.- DURACIÓN - RENOVACIÓN TÁCITAEl Contrato se concierta por la totalidad del plazo establecido en el Bono de pedido/Oferta Comercial, a contar desde la fecha mencionada en éstos. En caso de que el Bono de Pedido/Oferta Comercial no estableciera expresamente un plazo de duración, ésta será de un (1) año. Transcurrido dicho plazo inicial, el Contrato se renovará automáticamente por períodos sucesivos de la misma duración que el plazo inicial, salvo que una de las partes notifique a la otra con al menos seis (6) meses de antelación a la fecha de terminación de cada período contractual su voluntad de no renovarlo. Si el Bono de Pedido o la Oferta Comercial establecieran un plazo de preaviso inferior o superior, éste prevalecerá respecto de los seis (6) meses establecido en estas CGVU. Se deja expresa constancia de que los precios establecidos a cargo del Cliente siempre son pactados teniendo en cuenta el período de vinculación del Cliente y el sistema de renovación establecido, de tal manera que sin las circunstancias recogidas en los dos párrafos anteriores, el Suministrador no habría celebrado el Contrato o lo habría concertado por un precio superior. Por ello, tanto el plazo inicial como los subsiguientes plazos contractuales en caso de operar la renovación tácita, son de obligado cumplimiento para el Cliente. En caso de que el Cliente desistiera del Contrato antes de la terminación del plazo contractual (ya sea el inicial o el renovado) o el Contrato fuera resuelto por incumplimiento del Cliente antes del transcurso de dicho plazo, queda expresamente establecido que el Cliente deberá abonar al Suministrador el importe total de los precios/cuotas que, por cualquier concepto, correspondan al período de tiempo que faltase por cumplir. ARTÍCULO 10.- UTILIZACIÓN DE DATOS NO PERSONALES Y NO IDENTIFICATIVOS CON FINES ESTADÍSTICOS.- El Suministrador -con la finalidad de adaptar constantemente sus productos y servicios a las necesidades de los clientes actuales y potenciales, mejorar sus productos, servicios y soluciones y crear servicios adicionales que hagan aún más completa la oferta de soluciones del Suministrador - realiza periódicamente, por sí o por medio de terceros profesionales, estudios estadísticos y de análisis de mercado con determinados datos no personales que se revelan del uso de la Solución y de los Productos por parte de los clientes. Queda por completo excluido el uso de Datos de Carácter Personal con fines estadísticos. Igualmente, quedan excluidos del mencionado uso con fines estadísticos todos aquéllos relativos al Cliente y los Clientes del Cliente que permitan individualizar o identificar a uno y otros. El Suministrador garantiza que la totalidad de los datos de mercado empleados en los estudios estadísticos serán completamente anónimos, debiendo el Suministrador realizar las acciones previas oportunas que sean necesarias para preservar dicho anonimato. El Cliente acepta, consiente y autoriza la utilización por parte del Suministrador de los datos a que se refiere el párrafo primero de este Artículo con fines estadísticos de estudio de mercado y desarrollo de producto, con exclusión de los datos y en las demás condiciones a que se refiere el párrafo segundo. En caso de acceso por parte del Cliente, en virtud del Contrato, a datos estadísticos relativos a los miembros de su red, el Cliente declara y garantiza al Suministrador que ha informado a los miembros de su red y obtenido su consentimiento previo sobre los tipos de datos en cuestión, con plena indemnidad del Suministrador a este respecto. El Cliente será el único responsable del cumplimiento, en particular, de las normas del Derecho de la competencia y del cumplimiento de sus propios compromisos contractuales con los miembros de su red. ARTÍCULO 11 – ADVERTENCIA
11.1 El uso de la Solución requiere el acceso del Cliente a una red de telecomunicaciones. Corresponde a este último suscribir los servicios apropiados de los operadores de su elección para conectarse y usar la Solución, los Servicios asociados y las opciones. El Cliente deberá asegurarse, a su cargo y bajo su responsabilidad, de que su entorno informático cumple con la Configuración Aprobada. El uso de la Solución puede requerir el uso de versiones actualizadas de softwares de terceros como Plug-ins de Java y navegadores de internet actualizados como Google Chrome, Firefox o Edge.
11.2 Algunos componentes de la Solución, el Software, las Bases de Datos, los Servicios asociados y las opciones son el resultado de las asociaciones entre el Editor y terceros. En el caso de que se ponga fin a estas asociaciones, es posible que ya no se puedan ofrecer determinados servicios, lo que el Cliente acepta, sin que esto pueda ser considerado una merma en los servicios incluidos en el Contrato ni ningún tipo de incumplimiento por parte del Suministrador. Por lo tanto, el Cliente no podrá reclamar ningún reembolso ni reducción de los precios pactados.
11.3 Las credenciales de inicio de sesión son estrictamente personales y confidenciales y el cumplimiento de dicha confidencialidad por parte del Cliente y los Usuarios garantiza la seguridad de su acceso a la Solución. En caso de pérdida o divulgación de sus credenciales, el Cliente debe contactar inmediatamente con el Suministrador para desactivarlas o cambiarlas. ARTÍCULO 12 – CONFIDENCIALIDAD Y DATOS PERSONALES12.1 Pacto de ConfidencialidadLas credenciales de inicio de sesión del Cliente, los términos del Contrato, la totalidad de la información contenida en- o que se desprenda de- la Solución, así como toda la información intercambiada entre el Cliente y el Suministrador y a la que el Cliente, el personal del mismo o cualquier tipo de usuario legítimo accedan con ocasión de la preparación, concertación y/o ejecución del Contrato tiene el carácter de CONFIDENCIAL, excepto aquella que sea de dominio público así como aquélla que el Suministrador haya decidido comunicar públicamente o poner a disposición del público en general. El Cliente se compromete a preservar esta confidencialidad con el mismo cuidado con el que pudiera preservar sus propios datos confidenciales El Cliente, su personal y los usuarios legítimos vienen obligados a no difundir, revelar ni comunicar a terceros la información confidencial, tal y como ha quedado definida, salvo: - Que el Suministrador lo hubiera consentido previamente y por escrito. En estos casos la revelación o comunicación a terceros, deberá circunscribirse a la concreta información, el destinatario y finalidad respecto a los que se haya concedido la autorización de manera expresa, debiendo cumplir el Cliente además con cualquier otro tipo de condición adicional o formalidad que le sea exigida por el Suministrador. - Los casos en los que la ley excepcione con carácter imperativo los acuerdos de confidencialidad. - Que lo exigiera una ley con carácter imperativo o una autoridad competente de acuerdo con la ley. En estos casos el Cliente se compromete a informar al Suministrador de la solicitud de comunicación que se le dirija y, en la medida de lo posible, antes de proporcionar al tercero dicha información. Igualmente, el Cliente, su personal y los usuarios legítimos se obligan a no usar o analizar dicha información confidencial excepto, únicamente, para el objeto del Contrato, así como a mantener como secreta y confidencial la misma, y muy especialmente (pero no sólo) cuando ello pudiera conllevar -o se realizara para- la obtención de ventajas competitivas en el mercado, ya sea en beneficio del Cliente o de terceros. La obligación de confidencialidad del presente Artículo se aplicará durante toda la vigencia del Contrato así como con carácter permanente a contar desde su terminación por cualquier motivo. El Cliente será responsable frente al Suministrador del cumplimiento de lo dispuesto en este apartado 12.1, tanto por sí, como por parte de su personal y/o resto de usuarios legítimos, así como de poner en conocimiento de éstos la existencia y contenido de este pacto de confidencialidad. La vulneración de lo dispuesto en este Artículo dará lugar a la exigencia de responsabilidad conforme a la ley, y a la de cuantos daños y perjuicios, ya sean directos o indirectos, se causen al Suministrador. 12.2 Datos de carácter personalCada una de las Partes se compromete a cumplir la Ley de Protección de Datos Aplicable que pueda corresponderle de acuerdo con su respectivo papel, tal y como se describe a continuación. Los términos en mayúsculas no definidos en el presente documento son los definidos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos / RGPD) 12.2.1 Papel de las Partes. A efectos de la ejecución del Contrato, las Partes reconocen que el Suministrador podrá tratar los Datos Personales del Cliente. En este contexto, el Cliente actúa como Responsable del Tratamiento y el Suministrador trata los Datos Personales del Cliente como Encargado del Tratamiento, estrictamente de conformidad con las instrucciones documentadas del Cliente y para ningún otro fin que los expresamente autorizados por el Cliente, salvo que el Suministrador esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros. En tal caso, el Suministrador informará al Cliente de dicha exigencia legal antes del tratamiento, salvo que dicha ley prohíba dicha información por motivos importantes de interés público. 12.2.2 Compromisos del Suministrador. Teniendo en cuenta el estado de la técnica, el coste de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento de los Datos Personales del Cliente por el Suministrador, así como el riesgo para los derechos y libertades de los Titulares de los Datos, el Suministrador se compromete a adoptar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad de los Datos Personales del Cliente adecuado a los riesgos que presenta el tratamiento de los Datos Personales del Cliente por el Suministrador. Además, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que dispone el Suministrador, éste se compromete a ayudar al Cliente a garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del GDPR. Asimismo, el Suministrador se compromete a informar al Cliente de las solicitudes y/o reclamaciones de los Interesados que reciba en relación con el tratamiento de los Datos Personales del Cliente y, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, a asistir al Cliente, mediante las medidas técnicas y organizativas apropiadas, en la medida en que ello sea posible, para el cumplimiento de la obligación del Cliente de responder a las solicitudes de ejercicio de los derechos del Interesado. Asimismo, el Suministrador se compromete a poner a disposición del Cliente, cuando éste lo solicite, toda la información necesaria para acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Artículo. Además, el Suministrador se compromete a informar inmediatamente y por escrito al Cliente si considera que las instrucciones del Cliente con respecto al tratamiento de los Datos Personales del Cliente infringen la Ley de Protección de Datos Aplicable. 12.2.3 Sub-tratamiento. El Cliente autoriza con carácter general al Suministrador a recurrir a sub-encargados del tratamiento para la ejecución de los servicios relacionados con el tratamiento de los Datos Personales del Cliente. En caso de sub-tratamiento, el Suministrador se asegurará de que sus sub-tratadores cumplen todas las obligaciones relativas a la protección de los Datos Personales. En cualquier caso, el Suministrador seguirá siendo plenamente responsable de cualquier incumplimiento del presente artículo por parte de su personal o de sus Encargados del Tratamiento. 12.2.4 Transferencia de Datos Personales. Cuando el Suministrador pretenda transferir Datos Personales del Cliente en países fuera del Espacio Económico Europeo, el Suministrador deberá obtener el consentimiento previo del Cliente. No obstante lo anterior, el Cliente autoriza expresamente al Suministrador a transferir los Datos Personales del Cliente en los países que figuran en el anexo. Cuando un país al que el Suministrador transfiera los Datos Personales del Cliente, no garantice un nivel adecuado de protección en el sentido de la Ley de Protección de Datos Aplicable, las Partes acuerdan implementar las garantías adecuadas en el sentido de la Ley de Protección de Datos Aplicable.
12.2.5 Violación de Datos Personales. El Suministrador notificará al Cliente, sin demora injustificada, cualquier Violación de Datos Personales del Cliente. En tales circunstancias, el Suministrador proporcionará al Cliente toda la información de que disponga en relación con la violación de los datos personales y cooperará con el Cliente para responder a cualquier solicitud de las autoridades competentes.
12.2.6. Minimización de Datos por el Cliente. El Cliente se compromete a proceder a una minimización de los Datos Personales con el fin de transmitir al Suministrador únicamente aquellos Datos Personales necesarios para la prestación de los servicios de conformidad con el Contrato. En este sentido, el Cliente se compromete a no enviar al Suministrador capturas de pantalla o copias de correos electrónicos que contengan Datos Personales cuando ello no sea necesario para la prestación de los Servicios. 12.2.7. En el momento de la finalización del Contrato, el Suministrador dejará de tratar los Datos Personales del Cliente y devolverá y/o suprimirá los Datos Personales del Cliente, salvo que la legislación aplicable exija su conservación. Cuando cualquiera de las Partes solicite una modificación para garantizar que el Cliente siga cumpliendo con la Ley de Protección de Datos Aplicable, las Partes acuerdan que todos los costes y gastos razonables del Suministrador para cumplir con la solicitud de modificación correrán a cargo del Cliente. En aras de la claridad, las Partes reconocen que, en caso de incumplimiento por cualquiera de las Partes de sus obligaciones en virtud del presente artículo, incluso en el contexto de una reclamación contra la otra Parte correspondiente a su parte de responsabilidad por los daños sufridos por un Sujeto de Datos, las condiciones y límites establecidos en el Artículo 7, "Limitaciones a la Responsabilidad", siguen siendo plenamente aplicables. 12.2.8 Características del tratamiento. El Suministrador trata datos personales con el fin de poner a disposición del Cliente el Software y los servicios contratados (según el/los producto/s contratado/s: el acceso, uso, facturación, servicio posventa y/o actos de comercio electrónico entre el Cliente, los Usuarios y/o posibles terceros a través de la plataforma B2B y/o potenciación de las operaciones comerciales del cliente a través del marketing predictivo o del marketing directo). Estos datos son tratados por el Suministrador para el correcto funcionamiento del Software en nombre del Cliente y conciernen al Cliente, a sus propios clientes y a los Usuarios. En ocasiones y cuando es necesario para la prestación del servicio contratado por el Cliente, dichos datos, junto a otros Datos del Cliente, son almacenados en servidores propiedad de terceras empresas distintas del Suministrador, a lo cual presta su consentimiento expreso el Cliente. La Carta de Datos Personales que el Cliente y los Usuarios aceptan electrónicamente, constituye el contrato celebrado respectivamente entre estos últimos y el Editor con respecto a dicho tratamiento y define los derechos, obligaciones y responsabilidades del Cliente, los Usuarios y el Editor con respecto a dicho tratamiento. La Carta de Datos Personales es accesible de forma permanente a través del espacio dedicado a ello dentro del Software y, en particular, es aceptada por el Cliente y los Usuarios al acceder al Software por primera vez o después de cualquier actualización proporcionada por el Editor. En caso de conflicto entre estas CGVU y la Carta de Datos Personales, prevalecerá la Carta de Datos Personales. El Cliente y los Usuarios pueden ejercer sus derechos en la siguiente dirección This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.. Si el Cliente facilita al Suministrador datos de carácter personal, el Cliente garantiza al Suministrador: a) que las obligaciones derivadas de la Ley de Protección de Datos Aplicable han sido cumplidas por el Cliente, en particular: - el cumplimiento previo de la obligación de informar a los interesados y de recabar su consentimiento en caso necesario; - la aplicación de medios leales y lícitos de recogida y tratamiento de datos; - que se tengan en cuenta y puedan ejercerse efectivamente los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición reconocidos a los interesados; - en su caso, de conformidad con el artículo 46 del RGPD: que se han tenido en cuenta y cumplido a su debido tiempo las obligaciones de declaración o autorización previas y que se han obtenido los correspondientes recibos o decisiones de autorización. b) que, de manera más general, nada se opone, legal o contractualmente, a que estos datos de carácter personal sean comunicados o transmitidos lícitamente al Suministrador para permitirle cumplir con las obligaciones que le incumben en virtud del Contrato. ARTÍCULO 13 – FIN DEL CONTRATO 13.1 Resolución por incumplimientoEn caso de que el Cliente incumpla, ya sea total o parcialmente, las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, 6, 8, 11.3 y 12.1 de las presentes CGVU, así como en caso de mora recurrente en el pago de los precios, el Suministrador queda facultado para resolver el Contrato. La resolución se verificará mediante carta certificada con acuse de recibo o bien por correo electrónico certificado, en la/el que se comunique dicha resolución y la fecha en la cual la terminación del Contrato vaya a tener efectos. El Contrato quedará automáticamente resuelto, sin necesidad de más trámites ni declaraciones, transcurridas cuarenta y ocho (48) horas a contar desde la remisión de la citada comunicación. La notificación de resolución se entenderá siempre realizada aun cuando no hubiere llegado a conocimiento del destinatario, siempre que se haya dirigido al domicilio y/o dirección de correo electrónico que conste del Cliente en el Bono de Pedido/Oferta Comercial o, en su caso, al nuevo domicilio o dirección de correo electrónico que el Cliente haya notificado por escrito al Suministrador con posterioridad a la concertación del Contrato. Esta facultad de resolución se entiende sin perjuicio del derecho del Suministrador para reclamar al cliente los daños y perjuicios que correspondan con arreglo a lo dispuesto en estas CGVU. 13.4 Finalización del Contrato La finalización del Contrato, ya sea por transcurso del plazo contractual, por resolución por incumplimiento o por cualquier otra causa, conllevará, a la fecha en que dicha terminación tenga efecto y sin necesidad de comunicación expresa previa al respecto por parte del Suministrador: - La revocación automática de la/s Licencia/s concedida/s y de los servicios contratados. - La desactivación de las credenciales de acceso y/o la interrupción del Servicio y del acceso a la Solución por parte del Suministrador. - La obligación del Cliente, los miembros de su organización y cualquier Usuario, de abstenerse de utilizar o acceder a la Solución desde ese momento. El Cliente dispondrá de un plazo de quince (15) días a contar desde la terminación del Contrato para solicitar la recuperación de los Datos del Cliente. Transcurrido dicho plazo sin haber solicitado la recuperación de Datos del Cliente, el Suministrador tendrá derecho al borrado correspondiente, sin que el Suministrador o sus asociados puedan ser considerados, en ningún caso, responsables de los daños y perjuicios sufridos por el Cliente como consecuencia de ello. El Cliente es el único responsable de aplicar las normas de conservación de sus documentos comerciales. La entrega de Datos del Cliente se verificará por parte del Suministrador, en todo caso, con el formato, presentación y sistematización aprobados y estandarizados por el Suministrador y por tanto, decididos exclusivamente por este último, lo cual el Cliente acepta expresamente. Bajo ningún concepto el Cliente queda facultado para solicitar modificaciones o para formular exigencias en relación al formato, presentación y sistematización con que los Datos del Cliente son o serán devueltos a éste por el Suministrador. Finalizado el plazo de quince (15) días concedido para pedir la recuperación de datos, el Cliente deberá proceder a la inmediata desinstalación de la Solución. En aquéllos productos en los cuales la desactivación de credenciales o interrupción del servicio por el Suministrador no garantizase la privación al Cliente del acceso y uso de la Solución, el Suministrador queda facultado, aun finalizado el contrato, para verificar por sí a través de su personal dicha desinstalación, así como para exigir al Cliente una prueba razonable de la desinstalación de la Solución. En todo caso el Cliente se abstendrá de acceder a la plataforma en línea o mediante terminal server u otros medios. En todos los casos, cualquier tiempo de uso de la Solución por parte del Cliente tras la finalización del Contrato, se considerará una vulneración muy grave de los derechos del Suministrador sobre la Solución y dará lugar en todo caso a una indemnización mínima a cargo del Cliente y a favor del Suministrador igual al duplo del precio que se devengaría conforme al Contrato durante el tiempo en que se persista en el uso/utilización indebidas, sin perjuicio de la facultad del Suministrador de exigir mayor cantidad si los perjuicios o el lucro injusto resultase superior, así como todas las consecuencias, responsabilidades, acciones judiciales y cautelares que prevean la Ley y el Contrato. En los casos a los que se refiere el último inciso del párrafo anterior, se presumirá en todo caso que el Cliente permanece en el uso no autorizado de la Solución si no autorizara, no permitiera, o realizase actos u omisiones que implicasen la imposibilidad del Suministrador de realizar la verificación de la desinstalación y/o no facilitase al Suministrador la prueba de desinstalación que este último le solicitase, y ello hasta que dicha verificación de desinstalación sea efectivamente realizada.
ARTÍCULO 14 – VARIOS
14.1 Cesión El Cliente acepta expresamente no ceder o transferir a ningún tercero, incluyendo cualquiera de sus filiales, por cualquier motivo, todo o parte del Contrato. El Suministrador podrá ceder el Contrato a cualquier tercero de su elección, consintiendo expresamente el Cliente desde este mismo momento para tal supuesto la liberación del Suministrador de todas las obligaciones que le conciernen. 14.2 Cambio de control – Cese de actividad EL Suministrador deberá ser informado de cualquier cambio de control directo o indirecto del Cliente y de cualquier cese de actividad. En tales casos, el Cliente deberá notificarlo al Suministrador en un plazo máximo de quince (15) días tras producirse el hecho, y el Suministrador queda facultado (en ningún caso obligado), si lo estimara oportuno, para poner fin al Contrato de manera anticipada, y siempre que lo verifique en un plazo de cuarenta y cinco (45) días tras dicha notificación. En este último caso, el Contrato finalizará en el momento en que el Suministrador notifique dicha terminación, sin que en estos concretos supuestos la finalización del Contrato pueda dar lugar al pago de ninguna indemnización a ninguna de las partes por ningún motivo. Si no se ejercitase por el Suministrador esta facultad, el Contrato y las obligaciones recíprocas que constituyen su objeto continuarán en vigor de conformidad con todas las condiciones y plazos establecidos este Contrato. En todo caso, si el Suministrador tomara conocimiento de la existencia de un cambio de control directo o indirecto del Cliente y no comunicado por éste en el plazo establecido anteriormente, el Suministrador queda facultado para resolver el Contrato por incumplimiento, con todas las consecuencias inherentes a ello. En tales casos, además, el Suministrador podrá exigir al Cliente los daños y perjuicios adicionales correspondientes, especialmente si como consecuencia de un cambio de control la Solución fuera accesible a personas físicas o jurídicas con las que el Suministrador pudiera entrar en concurrencia competitiva. 14.3 Nulidad parcial La declaración de nulidad o ineficacia de cualquier disposición del Contrato no conllevará de pleno derecho la nulidad o ineficacia de cualquier otra disposición, salvo si se modifica el equilibrio del Contrato. 14.4 Tolerancia Ninguna tolerancia, de una u otra Parte, podrá interpretarse como una renuncia a cualquier derecho o como una modificación de las relaciones contractuales 14.5 Prueba Los datos suministrados por el Software y, más generalmente, autentificados por los sistemas y procedimientos del Suministrador o del Editor (datos de conexión, contabilidad, consentimientos, etc.) se considerarán auténticos entre las Partes, salvo prueba en contrario, siendo su alcance probatorio el equivalente al de un documento original en papel y con firma manuscrita de ambas partes. 14.6 Forma electrónica del contrato Las Partes declaran y garantizan que el Contrato celebrado y entregado por medios electrónicos constituye un contrato válido y vinculante en todas sus partes y contenido que pueden hacer valer recíprocamente y es oponible entre ellas, siendo su alcance probatorio el equivalente al de un documento original en papel y con firma manuscrita de ambas partes. ARTICULO 15.- CONDICIONES ADICIONALES APLICABLES CUANDO LA SOLUCIÓN CONTRATADA INCLUYA SERVICIOS DE MARKETING.
El Cliente reconoce y acepta que el Suministrador no podrá prestar los Servicios de marketing si el Cliente no le facilita la Base de Datos del Cliente, la cual deberá ser completa, en el formato y en el plazo previamente acordados por las Partes, y después de haber proporcionado el Cliente previamente toda la información necesaria al efecto a los Clientes Finales de conformidad con la Ley de Protección de Datos Aplicable y la normativa aplicable a la emisión y recepción de campañas de marketing y publicitarias, así como recabado el consentimiento de los Clientes Finales cuando el mismo resulte necesario conforme a la citada normativa. En este sentido, se deja expresa constancia de que la Solución dispone de una opción, a seleccionar y decidir exclusivamente por el Cliente, para excluir de las campañas de marketing a Clientes Finales concretos. El Cliente es el único responsable de seleccionar dichos Clientes Finales para excluirlos de las campañas de marketing, ya sea por decisión propia del Cliente, ya sea por no contar con los permisos oportunos del Cliente Final. La no exclusión por parte del Cliente de los Clientes Finales empleando dicha opción equivale a la declaración responsable por parte del Cliente al Suministrador de que ha realizado todas las acciones y cuenta con todos los permisos y autorizaciones necesarias de dichos Clientes Finales. La exportación de la Base de Datos del Cliente desde su software de gestión y su puesta a disposición del Suministrador se realizará por y bajo la responsabilidad exclusiva del Cliente, quién deberá, en su caso, ponerse en contacto con el editor de su software de gestión. La lista de programas informáticos de gestión que pueden interconectarse con la Solución está disponible en el sitio web del Suministrador, por lo que el Cliente viene obligado a cerciorarse previamente de cuáles son dichos programas, no pudiendo reclamar por ningún concepto ni poner fin a la contratación alegando desconocimiento de los mismos. Se deja expresa constancia de que en caso de que el sitio web del Suministrador no publicase lista de programas informáticos compatibles, se entenderá en todo caso que la interconexión sólo podrá realizarse por medio del Software proporcionado por el Suministrador. Asimismo, a fin de ajustar de forma óptima las campañas de marketing predictivo, la Base de Datos del Cliente podrá ser actualizada periódicamente, siendo el Cliente el único responsable de efectuar dichas actualizaciones. La falta de cumplimiento por parte del Cliente de la obligación de puesta a disposición de la Base de Datos del Cliente en el modo, forma y con requisitos establecidos anteriormente, o la falta de actualización o actuación por parte del Cliente, que impidan la prestación del servicio, no facultará al Cliente para poner fin anticipadamente al Contrato, ni le eximirán del pago íntegro de los precios pactados durante la duración del Contrato, tal y como ha quedado definida en el Artículo 9 de estas CGVU.
Una vez analizada la Base de Datos del Cliente, el Suministrador, a través de la Solución, remite al Cliente, para su validación, una propuesta de plan de comunicación en la que figurarán, para cada Cliente Final, las operaciones de mantenimiento rutinario a realizar en un futuro próximo en su vehículo (teniendo en cuenta, en particular, los planes de mantenimiento de los fabricantes, el historial de mantenimiento y reparaciones conocidas del vehículo, el kilometraje real o teórico, etc.). El Cliente podrá validar automáticamente dicha propuesta de plan de comunicación, en cuyo caso se ejecutará sin cambios el plan de comunicación propuesto por el Suministrador a través de la Solución, o introducir manualmente en la misma, a través de la Solución, las modificaciones que estime oportunas, para uno o varios Clientes Finales. Tras la validación, con o sin modificaciones por parte del Cliente, del plan de comunicación girado por el Suministrador a través de la Solución, éste llevará a cabo la correspondiente campaña de marketing predictivo dirigida a los Clientes Finales objeto de las mismas, informándoles de las próximas operaciones de mantenimiento a realizar en sus vehículos. Las campañas serán periódicas, con la periodicidad que corresponda a la naturaleza de las operaciones que se traten de promocionar.
Además de las campañas de marketing predictivo, el Cliente podrá implementar, bajo su dirección, control y responsabilidad, y siempre que haya contratado específicamente esta opción, cualquier campaña de marketing directo dirigida a los Clientes Finales de la Base de Datos del Cliente a través del módulo de Marketing Directo incluido en la Solución.
15.5.- Otras condiciones aplicables
ARTÍCULO 16 - LEGISLACIÓN APLICABLE – LITIGIOS
El Contrato se rige por la Ley española. En caso de conflicto, las Partes se comprometen a hacer todos los esfuerzos razonables para tratar de resolverlo de manera amistosa y de buena fe antes de remitirlo a un tribunal de justicia. En su defecto, ante cualquier litigio relativo a la formación, interpretación o ejecución del Contrato, ambas Partes, con renuncia a su propio fuero, si lo tuvieren, se someten expresamente a la Jurisdicción española. En su defecto, ante cualquier litigio relativo a su formación, interpretación o ejecución, ambas Partes, con renuncia a su propio fuero, si lo tuvieren, se someten expresamente a la Jurisdicción española. |
ANEXO DATOS PERSONALES
INSTRUCCIONES DOCUMENTADAS DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
La naturaleza del tratamiento de los datos es: recogida, almacenamiento, seguimiento, anonimización, envío, comunicación por transmisión, supresión.
La finalidad del tratamiento es proporcionar la Solución (Suministro/acceso al Software, Verificación de certificados de "coche eléctrico", Supervisión de las conexiones al Software, Tratamiento estadístico, Búsqueda de documentación, Identificación del vehículo, Asistencia y formación, etc.)
La duración del tratamiento: por defecto (si no hay instrucciones del Responsable del Tratamiento) un año después de la finalización del Contrato.
Con vistas a la ejecución del Contrato, el responsable del tratamiento facilita al encargado del tratamiento la información necesaria, que incluye:
TIPO DE DATOS TRATADOS |
|
Identidad e información de contacto |
Sí |
Datos relacionados con la vida privada |
No |
Datos de registro, tráfico y seguimiento |
Sí |
Vida profesional |
Sí |
Datos económicos y financieros |
Sí |
Ubicación |
Sí |
Datos demográficos |
No |
Datos sensibles (especificar) |
No |
Otros (especifique) |
Identificación administrativa (VIN, matrícula) del vehículo |
CATEGORÍAS DE INTERESADOS |
|
Empleados |
Sí |
Clientes |
Sí |
Perspectivas |
Sí |
Proveedores |
Sí |
Socios del cliente |
Sí |
Visitantes |
No |
Terceros particulares |
No |
Otros (especificar) |
MEDIDAS DE SEGURIDAD Especificar las medidas técnicas y organizativas suficientes para garantizar el nivel adecuado de seguridad en lo que respecta tanto a los riesgos como a las necesidades. |
|
Seudonimización y cifrado de datos personales |
No |
La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resistencia permanentes de los sistemas y servicios de procesamiento. |
Sí · Los entornos están protegidos por tres (3) mecanismos: sistema de detección de intrusos; sistema de protección contra intrusos; cortafuegos. · El proveedor de alojamiento externo está homologado para datos sanitarios (HDS). También cuenta con las siguientes certificaciones ISO 27001, 9001, 14001; PCI DDS (2017); OHSAS 18001. · El software antivirus CLAMAV está instalado en los servidores del producto. También se instala un antivirus en el cortafuegos. · El puesto de trabajo de cada empleado cuenta con un antivirus y un cortafuegos actualizados periódicamente. |
La capacidad de restablecer a tiempo la disponibilidad y el acceso a los datos personales en caso de incidente físico o técnico. |
Sí · Copia de seguridad incremental diaria, copia de seguridad mensual, Los servidores de copia de seguridad están sujetos a las mismas medidas de seguridad que los servidores centrales. |
Un proceso para comprobar, evaluar y valorar periódicamente la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento; |
Sí · Grupo ISSP compuesto por varias políticas temáticas validadas por el CISO · proceso de gestión de riesgos establecido · Pentesting · Exploración de vulnerabilidades de código (OWASP TOP10) |
LISTA DE SUBCONTRATISTAS DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS Al inicio del Contrato |
|||
Suministrador Grupo |
Subcontratistas externos |
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Asistencia, formación y mantenimiento: ETAI Túnez (1, rue des Métiers, ZI Charguia II, 2035 Túnez - Túnez) Identificación del vehículo: HAYNESPRO (Flankement 6 |
Alojamiento: ECRITEL (55 Avenue Des Champs Pierreux, 92000 Nanterre - Francia) Lugar de alojamiento: UE AMAZON FRANCE (67 boulevard du General Leclerc, 92110 Clichy - Francia) : Lugar de alojamiento: UE GTT (84 Rue Villeneuve, 92110 Clichy - Francia) Lugar de alojamiento: UE Red Jaguar (71 avenue André Roussin, 13016 Marsella - Francia) Lugar de alojamiento: UE Crononauta (Calle Índico, Edificio Índico, planta 2ª, modulo 2º, 11407, Jerez de la Frontera – España) Lugar de alojamiento: UE Arsys Internet (Calle Chile, 54, 26007, Logroño) Lugar de alojamiento: UE Telefónica Soluciones de Informática y Comunicaciones de España (Ronda de la Comunicación, s/n, 28050, Madrid - España) Lugar de alojamiento: UE |
Router (SMS/Correo electrónico): INFOBIP (2 Rue Pasquier, 75008 París - Francia) MAILJET (13bis rue de l'Aubrac, 75012 París - Francia) |
Identificación del vehículo: NGC (11 Rue Gay Lussac, 95500 Gonesse - Francia) AUTOINFOR (Avenida de la Victoria 25, Madrid 28023 - España) Dirección General de Tráfico, (C. de Josefa Valcárcel, 44, 28027 Madrid - España) Ministero delle infrastrutture e della mobilità sostenibili, (Via Nomentana, 2 Roma - Italia) TIPS4Y (R. Poe. Bocage Nr 2 - 3 B, 1600-581 Lisboa - Portugal) CARFAX (Barthstraße 2-10 80339 Múnich - Alemania) IMES (11 rue de la Haye, 67300 Schiltigheim - Francia) |