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Novedades en la ITV que afectan a los talleres

  

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El pasado 1 de octubre entraba en vigor la quinta revisión del Manual de Reformas de Vehículos de la ITV para legalizar cambios importantes en los mismos. Y ATRA, Asociación de Talleres de Pontevedra, ha informado a sus asociados sobre la misma para “minimizar la corrección de certificados de taller presentados en la red de estaciones ITV con motivo de legalizar reformas en los vehículos”.

Según ATRA, el preámbulo del manual de reformas –revisión 5ª-, profundiza en algunos aspectos de los siguientes puntos que ya eran de aplicación anterior:

5.2 Certificado de dirección final de obra -proyecto técnico-. La fecha del certificado de dirección final del proyecto técnico de la reforma en el vehículo -visto bueno de la ITV- será siempre igual o posterior a la fecha del certificado de taller.

5.3 Informe de conformidad. La fecha del informe de conformidad -elaborado por un laboratorio de homologación- será siempre igual o posterior a la fecha del certificado de taller, y en su caso, de la del certificado de dirección final de obra.

5.4 Certificado de taller. Se realizará según modelo del anexo III del RD 866/2010.

A la vista de los puntos 5.2, 5.3 y 5.4 el certificado de taller será emitido con fecha:

  • Igual o posterior al proyecto técnico.
  • Igual o inferior al Certificado Final de Obra y al Informe de Conformidad.

También se deberá tener presente que si fuese necesario presentar un anexo a proyecto, será obligatorio presentar un nuevo certificado de taller (incluso en el caso de que no haya modificación técnica, ni correcciones en el mismo) donde se refleje nuevamente el nº o código de proyecto y el nuevo nivel de modificación del mismo.

Desde ATRA también recuerdan que cualquier equipo o sistema modificado, sustituido o incorporado, debe ser identificado indicando sus referencias –marca, modelo, nº de homologación-, si estas existen, en el informe de conformidad, en el proyecto técnico y en el certificado del taller, debiendo coincidir en todo momento con la modificación, sustitución o incorporación que se haya realizado.

 

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Desde ahora, el certificado de taller podrá incluir como anexo los esquemas o la información adecuada que sirvan al emisor del informe de conformidad para poder evaluar los actos reglamentarios afectados por la reforma, aunque no será obligatoria su presentación en la estación de ITV. Además, en caso de ser necesario un proyecto técnico, debe identificar de forma inequívoca el mismo en el certificado de taller incluyendo los siguientes datos:

  • Datos profesionales del titular, incluyendo los relativos a su titulación.
  • Número o código de proyecto técnico, incluyendo el nivel de modificación –“0” para la versión inicial-.

En caso de ser necesaria la redacción de proyecto técnico para la tramitación de reforma, la fecha del certificado de taller será siempre igual o posterior a la fecha del proyecto técnico.

 

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